Abstract:
El Nuevo Código general del proceso ha establecido que los dictámenes periciales no pueden ser objetados en ningún caso por error grave,
aunque el perito sí puede ser interrogado en la audiencia por la contraparte. En el Código General del Proceso las pruebas se deben
practicar en audiencia con la presencia del Juez, y en lo que respecta al dictamen pericial sólo se podrá complementar y aclarar, puesto
que no admite objeción por error grave. Evidentemente existe una falta de claridad en los desarrollos doctrinales sobre los criterios de
valoración de la prueba pericial en el proceso civil y ello constituye un problema que la ley civil no ha resuelto aún. El propósito de esta
investigación es realizar un análisis sistemático y estructurado de jurisprudencia, doctrina nacional e internacional de los avances
legislativos de la contradicción en la prueba pericial para hallar la sub-regla que permita establecer garantías fundamentales que permitan
la correcta aplicación del derecho , sin poner en riesgo los derechos y garantías plasmadas en la constitución en torno a un tema tan
sensible como lo es la contradicción del dictamen pericial en el sistema oral colombiano