La Constitución Política de Colombia asigna importancia a la protección del medio ambiente. Allí se encuentra un conjunto de disposiciones que conforman la llamada “Constitución Ecológica”. En esta medida el tema del medio ambiente, especialmente, el procedimiento ambiental sancionatorio, parece ser un tema de interés general, por lo cual en este artículo de reflexión se busca examinar éste frente a la garantía constitucional colombiana del debido proceso contemplado en el artículo 29 de la Carta y que prescribe que es aplicable a los procesos penales y administrativos. El mencionado proceso contempla subprincipios tan importantes para el Estado Constitucional como lo es la presunción de inocencia, el derecho de defensa y de contradicción. En la “ley 1333 de 2009, por medio de la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones, se contempló una presunción de culpa y de dolo, estableciéndose un régimen de responsabilidad objetiva. Por ello, se confrontarán estos artículos con la Carta Política y la jurisprudencia de la Corte Constitucional que ha aceptado la responsabilidad objetiva en procedimientos tales como el tributario, económico, policivo, pero acuñados por unas limitantes especiales, las cuales se advierte que no se tuvieron en cuenta en este especial procedimiento ambiental sancionatorio.
Abstract: The Constitution of Colombia gives importance to environmental protection. There is a set of provisions that make up the so-called Ecological Constitution. To this extent, the issue of the environment, especially the punitive environmental procedure seems to be a topic of general interest, so this article seeks to examine it against the Colombian constitutional guarantee of due process in its Article 29, which stipulates that it applies to criminal and administrative processes. The above process includes important principles to the National Constitution as it is the presumption of innocence, the right of defense and contradiction. In the 1333 law of 2009, through which states the penalty proceedings environmental and other purposes, it is stated a presumption of guilt and deceit, establishing a regime of strict liability. Therefore, these items will be confronted with the Constitution and the jurisprudence of the Constitutional Court that has accepted the liability in procedures such as the tax, economic, policing, but coined by some special constraints, which notes that were not into account in this particular environment sanctioning procedure.