En este artículo se examinan algunos resultados de la investigación que se realizo referente al conflicto de competencia entre la jurisdicción ordinaria penal y la indígena, resaltando la inseguridad jurídica que se presenta para la comunidad indígena, debido a la falta de coordinación de los procesos que se dan entre las dos jurisdicciones. Del estudio quedó claro que la jurisdicción ordinaria (autoridades tradicionales) tienen competencia global sobre todas las conductas que se realicen dentro del territorio indígena y en consecuencia tienen facultad sancionatoria que es solo una de las posibilidades de actuación judicial concedidas por la Constitución Nacional y que si bien es cierto que existe un reconocimiento constitucional de las jurisdicciones especiales del cual se deriva el derecho de los miembros de las comunidades indígenas a un fuero y se concede el derecho de ser juzgado por sus propias autoridades, conforme a sus normas y procedimientos dentro de su ambiente territorial en aras de garantizar el respeto por la particular cosmovisión del individuo, no significa que siempre que un miembro de la comunidad indígena esté involucrado en conducta reprochable la jurisdicción indígena sea competente para conocer del hecho, pues el fuero indígena tiene límites de acuerdo a cada caso. El trabajo de campo se realizó en las comunidades indígenas del resguardo de Huelas en el Norte del Cauca.
Abstract: This paper discusses some results of the research that was conducted about the conflict of jurisdiction between the ordinary criminal jurisdiction and indigenous criminal jurisdiction. It is highlighted that the legal uncertainty is presented for the indigenous community, due to lack of coordination of the processes between the two jurisdictions. From the study it became clear that the ordinary courts (traditional authorities) have global competition on all behaviors that are performed within the indigenous territory and therefore, they have sanctioning power and also the possibility of prosecution granted by the Constitution. Moreover, there is a constitutional recognition of special courts which is derived of the right of members of indigenous communities to a jurisdiction and granted the right to be ruled by their own authorities, in accordance with their rules and procedures within their territorial environment in order to ensure respect for their believes. However, this does not mean that whenever a member of the Indian community is involved in reprehensible conduct, the indigenous jurisdiction is competent to solve the conflict because the indigenous courts have limits according to each case. This study was conducted in the indigenous communities located in south east of Colombia.