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Las Exhortaciones Realizadas Por La Corte Constitucional En Los Casos De Estado De Cosas Inconstitucionales Durante Los Años 2015-2023

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dc.contributor.author Jimenez Bechara, Juan Pablo
dc.date.accessioned 2026-02-27T17:02:25Z
dc.date.available 2026-02-27T17:02:25Z
dc.date.issued 2023
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/11619/4192
dc.description.abstract El origen etimológico de la palabra exhortar se encuentra en el latín exhortari que se compone del prefijo ex, que significa hacia fuera, y el verbo hortari, que significa incitar o estimular, (deChile, 2023) por ello el Diccionario de la Lengua Española la define como “incitar a alguien con palabras, razones y ruegos a que haga o deje de hacer algo” (Real Academia Española, 2014), de allí que los exhortos supongan una incitación, ánimo o estímulo para realizar (o abstenerse de realizar) una determinada tarea sin que llegue a configurarse como una orden inequívoca a pesar de provenir de una persona con autoridad para ejercer esta influencia. En concordancia con lo anterior, el Consejo de Estado ha afirmado, bajo el entendimiento de que no son órdenes judiciales, que los exhortos son “un requerimiento y su significado en derecho constitucional debe ser visto como una expresión de la colaboración para la realización de los fines del Estado, en particular, para la garantía de la efectividad de los derechos” (Consejo de Estado, 2021), pudiendo afirmarse que el exhorto es una herramienta para la realización de los principios del Estado Social de Derecho y que constituyen una verdadera garantía de colaboración entre las autoridades públicas, quienes deben apoyarse de forma mancomunada para avalar la materialización de los derechos de los asociados. La Corte Constitucional por su parte, ha definido los exhortos al Congreso como el requerimiento que se le realiza al legislador para que regule legalmente una materia y así armonizar la ley con la Constitución Política, para lo cual puede o no establecer un plazo para que se efectivice la regulación de los derechos constitucionales; no obstante, es importante señalar que esta figura no está directamente relacionada con la existencia de una omisión legislativa, pues esta se presenta cuando la Corte dicta una “declaratoria, con efecto inmediato, de la inexequibilidad de la disposición de la cual ella se deriva podría comportar un efecto también lesivo de la Constitución, por el vacío normativo que ello generaría” (Corte Constitucional, 2009, pág. 2). es
dc.language.iso es es
dc.publisher Universidad Autónoma del Caribe es
dc.subject Consejo de Estado, Corte Constitucional,órgano judicial,exhortación es
dc.title Las Exhortaciones Realizadas Por La Corte Constitucional En Los Casos De Estado De Cosas Inconstitucionales Durante Los Años 2015-2023 es
dc.type Thesis es


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